13 marzo, 2021 Asesoría Jurídica

Deliveroo y Glovo se enfrentan a la CEOE por no luchar por sus autónomos

Deliveroo y Glovo se enfrentan a la CEOE por no luchar por sus autónomos.

Las plataformas de reparto de comida a domicilio arremeten contra la CEOE por haberles dado la espalda en la negociación de la llamada Ley Rider y suscribir un acuerdo que fuerza la laboralidad de los repartidores y limita las opciones del sector para evitar los contratos ya que, entre otras cosas, la propuesta definitiva elimina la posibilidad de que sigan operando con autónomos si demuestran que su relación no es laboral, que si recogía el texto anterior.

«Lamentamos profundamente la posición que la CEOE ha tenido en la mesa de diálogo social, en la que ninguna de las propuestas del sector del reparto de comida a domicilio ha sido tenida en cuenta. Las cesiones de las CEOE han sido totales», denuncia la Asociación de Plataformas de Servicio bajo demanda (APS) que engloba a Deliveroo, Glovo, Stuart y Uber Eats. En este punto, Stuart ha decidido ir un poco más allá y ha mandado un comunicado en el que acusa a la patronal de las empresas de haber «fallado en su función representativa dentro de la mesa del diálogo y lamentamos profundamente su falta de apoyo hacia las plataformas».

«CEOE ha fallado en su función representativa dentro de la mesa del diálogo y lamentamos profundamente su falta de apoyo hacia las plataformas»

El texto definitivo del Real Decreto Ley que tendrá aprobar el Consejo de Ministros en semanas escuece especialmente a las plataformas de reparto en dos puntos: la publicación de parte del algoritmo y su limitación al «reparto o distribución de cualquier producto a través de plataformas digitales», lo que dejaría fuera, en un primer momento, a otras app que trabajan con autónomos, como las de cuidado de personas o las de instalación de ADSL. «La obligación de revelar los algoritmos afectará muy negativamente al desarrollo de la economía digital en España además de atentar contra los principios más básicos de libertad de empresa y la propiedad industrial», señalan Glovo, Deliveroo, Stuart y Uber Eats.

En este punto, fuentes de la CEOE explican que la obligatoriedad facilitar información sobre la parte del algoritmo que interfiere en las condiciones de trabajo, incluido «el acceso y mantenimiento de empleo y la elaboración de perfiles», afecta a todas las empresas y no solo al delivery. Además, señalan que es una medida que se exige desde la Unión Europea

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En cuanto al posible cordón sanitario en torno al reparto de comida a domicilio, CEOE y CCOO aseguran que no existe por mucho que haya desaparecido de la propuesta el observatorio para «seguir la evolución de la actuación de las plataformas digitales en el ámbito laboral» y «analizar las notas de ajenidad y dependencia». Así, desde la patronal explican que el Real Decreto Ley se limita a cumplir lo establecido por el Tribunal Supremo y el sindicato aclara que se va a trabajar para ampliar la obligación de laboralidad a toda la economía digital.

«El Supremo ha marcado una pauta para las plataformas de reparto y eso hay que cumplirlo y a partir de ahí se trata de defender a todas las empresas», explican desde CEOE que, a su vez, matizan que las app podrán seguir subcontratando autónomos siempre y cuando estén incluidos en el artículo 1.3 del Estatuto de los Trabajadores, es decir, aquellos que cuentan con licencia de transporte. «La doctrina es clara y dice que estos señores no son autónomos porque están sujetos a horarios, a instrucciones concretas del algoritmo, tienen castigos algorítmicos y no corren con el riesgo y ventura de la operación», recuerdan desde CEOE.

Las alternativas

Aunque todas, menos Just Eat, han criticado la «inseguridad jurídica», «los peligros de la laboralización forzosa para el sector» y la amenaza para el crecimiento y el futuro de los pequeños restaurantes, ninguna ha amagado con abandonar España. Así, compañías como Glovo, Deliveroo, Stuart y Uber Eats, que parecen resignadas, tendrán un plazo de tres meses tras la aprobación del Real Decreto-Ley para hacer contratos por cuenta ajena a los repartidores, llegar a acuerdos con empresas intermediarias de gestión de flotas, utilizar cooperativas de riders autónomos u optar por realizar contratos de Trade, que obliga a que el 75% de los ingresos del autónomo venga de una sola plataforma y también puede ser denunciado.

Fuente: El Economista.